Control horario obligatorio en España: qué dice el RDL 8/2019 y cómo cumplirlo
Desde el 12 de mayo de 2019, todas las empresas en España están obligadas a registrar diariamente la jornada laboral de sus trabajadores. No importa el tamaño de la empresa ni el sector: la obligación aplica a todos.
¿Qué es el RDL 8/2019?
El Real Decreto-ley 8/2019 de medidas urgentes de protección social modificó el Estatuto de los Trabajadores para incluir el artículo 34.9, que establece la obligación de registrar la jornada laboral. El objetivo es garantizar el cumplimiento de los límites de jornada y facilitar la labor de la Inspección de Trabajo.
¿Qué obliga exactamente la ley?
La norma exige que las empresas:
- ✓Registren la hora de inicio y fin de la jornada de cada trabajador cada día
- ✓Conserven los registros durante al menos 4 años
- ✓Pongan los registros a disposición de los trabajadores, sus representantes y la Inspección de Trabajo
- ✓Organicen y documentar el sistema de registro mediante negociación colectiva, acuerdo de empresa o decisión del empresario
¿Qué trabajadores están incluidos?
La obligación aplica a todos los trabajadores por cuenta ajena, independientemente de su tipo de contrato: indefinido, temporal, a tiempo parcial, teletrabajadores, y trabajadores a domicilio. También aplica en empresas de trabajo temporal (ETT).
¿Cómo se puede registrar la jornada?
La ley no impone un sistema concreto. Las empresas pueden elegir entre:
- →Registro en papel — válido pero ineficiente y difícil de conservar y presentar
- →Hojas de cálculo (Excel) — aceptado pero sin garantías de inmutabilidad
- →Software especializado de control horario — la opción más segura y recomendada
- →Sistemas biométricos o de huella dactilar — válidos con las restricciones del RGPD
La Inspección de Trabajo ha dejado claro que el registro debe ser fiable, accesible y que refleje la realidad. Los registros en papel firmados a posteriori o las hojas de Excel modificables han sido cuestionados en inspecciones.
¿Qué pasa si no cumplo?
El incumplimiento del registro de jornada es considerado una infracción grave según la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS). Las multas van de 626€ a 6.250€ por infracción, y pueden acumularse por cada centro de trabajo o por cada trabajador afectado.
La solución más sencilla para pymes
Para una pequeña o mediana empresa, la forma más práctica de cumplir con el RDL 8/2019 es usar un software de control horario como AlteaTick. Los empleados fichan desde su móvil o desde una tablet en la entrada, y los registros quedan guardados de forma digital, inmutable y disponibles para Inspección de Trabajo en cualquier momento.
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